Antes de la entrada en vigor del Real Decreto 411/2014, el proceso de obtención del pasaporte de los hijos menores era mucho más sencillo y no era necesario pasar por un proceso de notificación u información entre progenitores.

Actualmente, tras la entrada en vigor del Real Decreto 411/2014, es necesario que ambos progenitores den su consentimiento para que el hijo o hijos menores obtengan su pasaporte, todo ello con la finalidad de evitar la substracción de menores.

Obtención del pasaporte por vía del procedimiento estándar.

Cuando la relación entre ambos progenitores es fluida y están de acuerdo en obtener el pasaporte, la obtención será mucho más sencilla, pues simplemente tendrán que personarse ambos en la oficina de la Policia Nacional para solicitar el pasaporte. En ese acto, ambos progenitores deberán firmar un documento en el que manifestarán expresamente su conformidad con la expedición del pasaporte.

Sin embargo, este proceso no se siempre se puede obtener por diferentes motivos los cuales englobamos en dos grandes circunstancias: un progenitor no manifiesta su consentimiento en la expedición del pasaporte, o bien uno de los progenitores está en paradero desaparecido.

¿Qué hacer si no es posible obtener el consentimiento del otro progenitor?

2.1. Cuando el otro progenitor está desaparecido. 

Cuando nos encontramos con un progenitor desaparecido, normalmente, nos encontramos también con un progenitor que no atiende a sus obligaciones económicas ni afectivas de ningún tipo para con su/s hijo/s. En estos casos, es necesario solicitar al juzgado que haga un proceso de localización del progenitor para notificarle la intención de obtener el pasaporte, y solicitando también que para el caso que no se le localice o que no responda a ese llamado judicial, el juzgador deberá dictar una resolución para autorizar a la expedición del pasaporte (siempre y cuando el juez o la jueza consideren que es lo más adecuado para el caso).

2.2.Cuando el otro progenitor no quiere consentir en la obtención del pasaporte. 

Cuando uno de los progenitores está en desacuerdo con la obtención del pasaporte, será necesario que el progenitor que quiere obtener la expedición de este inicie un proceso judicial. Este proceso judicial se tramita en un proceso de Jurisdicción Voluntaria. En ese proceso ambos progenitores deberán dar sus motivos para solicitar o no la expedición del pasaporte, y tras ello el juez resolverá al respecto.

Hay que tener en cuenta que, al tratarse de un proceso judicial, éste se puede demorar en el tiempo y por lo tanto si te encuentras en una situación así es aconsejable que inicies los trámites cuanto antes.

La expedición del pasaporte toma especial relevancia durante las vacaciones de verano, por ello, si el otro progenitor no está de acuerdo en su expedición y vas a necesitar el amparo judicial, es conveniente que pongas el asunto en manos de tu abogado/a cuanto antes.