¿Qué es el testamento vital?

El testamento vital es un documento por el que la persona escribe sus voluntades de forma anticipada para el caso de que por razón de enfermedad incurable no pueda emitir su voluntad.

En muchos lugares se le conoce como “instrucciones previas”.

No se debe confundir con la autotutela o el poder preventivo para el caso de incapacidad.

¿Cómo está regulado el testamento vital?

Las voluntades anticipadas están reguladas principalmente a través de la Ley 41/2002 de 14 de noviembre de 2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

¿Cómo se hace el testamento vital?

Las voluntades anticipadas deben constar firmado de forma fehaciente. A este respecto entenderíamos se entiende que la constancia fehaciente implica que la persona que lo quiere hacer debe hacerlo:

a) Ante notario. En este caso no serán necesarios los testigos.

b) Si no quiere hacerlo notario, hacerlo ante tres testigos dos de los cuales no deben tener relación de parentesco con la persona que firma

¿Quién puede hacer el testamento vital?

Podrán hacer el testamento vital las personas que sean mayores de edad y tengan plena capacidad para ello.

¿Qué contenido tiene el testamento vital?

El contenido del testamento vital o de las instrucciones (así lo denomina la ley) es principalmente:

  1. La voluntad de quien hace el testamento, por si llegado el momento no puede expresarlo.
  2. Por lo general, se designa un representante ante el equipo sanitario para que transmita y comunique sus voluntades.

Es importante destacar que NO se aplicaran las instrucciones o contenidos contrarios a la ley, contrarios al caso específico o a la “lex artis”.

¿Puedo cambiar las voluntades si así lo deseo?

Si, la persona puede cambiar sus voluntades si así lo considera, y revocarlas. Siempre y cuando la persona conserve su capacidad de obrar.

¿Es diferente en cada comunidad autónoma?

Establece la ley 41/2002 que cada comunidad autónoma establecerá los sistemas propios para su gestión, por lo que la práctica el procedimiento puede variar un poco en cada comunidad autónoma.

 

Si estas pensando en hacer el testamento vital, aquí  te facilitamos algunos enlaces de utilidad.

 

Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/temas/salud/derechos/voluntad.html

Asturias: https://www.astursalud.es/noticias/-/noticias/instrucciones-previas-testamento-vita-1

Baleares: http://www.caib.es/sites/voluntatsanticipades/es/tramites-5383/

Cantabria: http://saludcantabria.es/index.php/registro-de-voluntades-previas

Cataluña: https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Inscripcio-al-Registre-de-voluntats-anticipades

Castilla y León: https://www.saludcastillayleon.es/institucion/es/publicaciones-consejeria/buscador/testamento-vital-guia-instrucciones-previas-usuarios

Castilla La Mancha: https://www.castillalamancha.es/gobierno/sanidad/estructura/dgspoeis/actuaciones/declaración-de-voluntades-anticipadas-testamento-vital-0

Ceuta: Lamentamos no haber localizado ningún enlace que facilitarle.

Extremadura: https://saludextremadura.ses.es/web/expresion-anticipada-voluntades

Galicia: https://www.sergas.es/Asistencia-sanitaria/Instrucións-previas?idioma=es

Islas Canarias: https://sede.gobcan.es/sede/tramites/1764

Madrid: http://www.comunidad.madrid/servicios/salud/instrucciones-previas

Melilla: http://www.areasaludmelilla.es/asm/recursos/documentos/Testamento_Vital_Modelo.pdf

Murcia: https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1916&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m2469

Navarra: https://www.navarra.es/home_es/servicios/ficha/3012/Registro-de-Voluntades-Anticipadas

País Vasco: http://www.euskadi.eus/informacion/registro-vasco-de-voluntades-anticipadas/web01-a2inform/es/

Rioja: https://www.riojasalud.es/ciudadanos/documento-de-instrucciones-previas-de-la-rioja

Valencia: https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=2709