Qué es el contrato de arras

Las arras son una parte crucial del procedimiento de compraventa. Se trata un pacto incluido en el contrato privado de compraventa con entrega de arras por el que el comprador entrega un porcentaje del precio al vendedor a cuenta de la futura compra del bien inmueble. Dependiendo del tipo de arras acordadas, el incumplimiento del contrato desplegará una serie de consecuencias para las partes.

NOCIONES BÁSICAS SOBRE EL CONTRATO DE ARRAS

En otras entradas del blog hemos hablado de cual es el proceso de compraventa inmobiliario.

¿Qué son las arras?

Primeramente, en la fase del contrato privado de compraventa con entrega de arras, o más coloquialmente conocido solo como se acuerda en un documento privado los acuerdos de las partes en relación con el proceso de compraventa y las vicisitudes que en su caso particular tendrá su transacción. Se trata, por lo tanto, de un proceso crucial y en muchas ocasiones uno de los momentos más difíciles de toda la transacción porque es cuando las partes se pondrán de acuerdo.

Dentro del contrato o documento privado de compraventa con entrega de arras, encontraremos el acuerdo o pacto de las arras, conocido también como el “dinero de arrepentimiento” o “multa penitencial”.

Este acuerdo está configurado por el Código Civil y por el Código Civil de Catalunya como un pacto por el que el comprador entrega al vendedor una determinada cantidad de dinero (a la práctica se establece un 10% si bien la ley no establece ningún porcentaje concreto) como señal por su futura adquisición, ello de tal forma que las partes podrán desistir del contrato asumiendo ciertas consecuencias que variarán según la tipología de arras acordada.¿Cuáles son las tipologías de arras?

Por ello, expondremos brevemente cuales son las tipologías de arras más comunes:

  1. Arras confirmatorias:

    Su finalidad es confirmar o dar una entrega a cuenta de la compraventa futura. Se trata por lo tanto de simplemente de que el comprador avance una parte del precio. Caso que el vendedor incumpla el contrato, deberá devolver el importe de arras recibido y compensar los daños y perjuicios causados al comprador.

  2. Arras penales:

    Las arras penales tienen por finalidad garantizar el cumplimiento del contrato añadiendo en una cláusula del contrato privado de compraventa que establece una sanción económica para el caso que una de las partes incumpla. Su configuración variará según cada supuesto.

  3. Arras penitenciales:

    Estas arras deben pactarse expresamente como tal. Permiten a las partes desistir del contrato, pero asumiendo como consecuencia que el comprador pierda la cantidad entregada y que el vendedor deba devolver el doble de la cantidad recibida.

Dependiendo de su caso, su abogado le recomendará cual es el caso que le resulta más beneficioso o adecuado para su caso.