El Tribunal Constitucional ha anulado recientemente el impuesto de plusvalía municipal por medio de una sentencia ponencia del magistrado Ricardo Enríquez que considera que el cálculo del impuesto es inconstitucional.

El fallo se convierte en el golpe definitivo para el impuesto de plusvalía, pues dicta que el sistema de cómputo objetivo no corresponde a la realidad y afecta al principio de capacidad económica establecido en la Constitución española en su artículo 31.

La decisión ha sido adoptada por mayoría y, con ella, el Alto Tribunal da respuesta a la cuestión de inconstitucionalidad elevada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

La sentencia considera que los artículos 107.1, 107.2 a) y 107.4 son nulos e inconstitucionales.

En ellos se establece un método objetivo para determinar la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que da por sentado un aumento del valor de los terrenos durante el período de imposición independientemente de si este incremento ha existido realmente, o de la cuantía real del mismo.

La sentencia, que no tendrá efecto retroactivo, imposibilita de facto el que los ayuntamientos puedan seguir cobrando el impuesto, pues declara inconstitucional su cálculo.

Sin embargo, el fallo trae algo de esperanza a los consistorios al sugerir que sea el legislador quien prevea una nueva fórmula para calcular la plusvalía que se adecúe a la doctrina constitucional.

Esta sentencia del Tribunal Constitucional da el golpe de gracia al impuesto de plusvalía. Este mismo tribunal ya había declarado inconstitucional en 2019 la plusvalía municipal si la cuota era superior al incremento del patrimonio, y en 2017 ya declaró inconstitucionales varios artículos del Real Decreto que regula la tasa municipal porque gravaban situaciones donde no había habido un incremento real o potencial del valor del inmueble.

La medida supone un duro golpe para las arcas municipales, ya que el dinero recaudado a través del cobro del impuesto de plusvalía representa una importante fuente de financiación para los ayuntamientos de todo el territorio español.