Si acabas de llegar a este artículo te recomendamos que consulten la primera parte de esta temática: GOLDEN VISA ASPECTOS INTRODUCTORIOS

1.Formulario de visado nacional completo, fechado y firmado.

2.Fotografía carnet reciente con fondo blanco. Este Consulado no acepta retoque digital en fotografías de identidad.

3.Pasaporte en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España. Debe tener una vigencia mínima de un año y al menos dos páginas en blanco. Fotocopia de todas las hojas del pasaporte.

4.Permiso de residencia del Reino Unido en vigor y fotocopia.

5.Certificado de antecedentes penales (sólo en el caso de mayores de 18 años, edad penal en España). Expedido por el país o países donde el solicitante haya residido en los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud de visado. No puede tener una antigüedad mayor de 3 meses, a menos que el certificado especifique una caducidad diferente. Estos certificados deben legalizarse a través de las representaciones consulares del país que lo emite, o tener la Apostilla de La Haya en el caso de países firmantes del Convenio de La Haya de 5 de Octubre de 1961(excepto los documentos oficiales emitidos por un Estado miembro de la Unión Europea, que no necesitarán legalización).Se requiere además traducción jurada al español.

6.Medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y, en su caso, los de sus familiares, durante el período de residencia en España, de acuerdo con las siguientes cuantías:

  • EMPRENDEDORES: para su sostenimiento, mensualmente, el 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, 564,90€ para 2021, o su equivalente legal en moneda extranjera) y para sus familiares; unidad familiar del titular y una persona reagrupada 150% del IPREM y unidad familiar del titular y más de dos personas 50% del IPREM adicional por cada miembro adicional.
  • INVERSORES: para su sostenimiento, mensualmente, el 400% del IPREM y para sus familiares el 100% del IPREM. La disponibilidad de medios económicos suficientes se acreditará mediante la presentación de la documentación original y sellada que permita verificar la percepción de ingresos periódicos y suficientes o la tenencia de un patrimonio que garantice dicha percepción de ingresos.

7.Seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España con validez mínima de un año.

8.Abonaren el Consulado la tasa de visado correspondiente el día que se admita su solicitud.