La Ley de la Segunda Oportunidad es un procedimiento legal al que pueden acudir tanto autónomos como particulares para ponerle fin a sus deudas. Su finalidad es que las personas que tienen demasiadas deudas puedan cancelarlas por vía legal.

Tener una segunda oportunidad es importante, por eso no cualquiera puede acceder a ella. Nuestro equipo de profesionales te acompañará durante el proceso y te ayudará a saber qué hacer en cada momento. Disponemos del 100% de éxito en todos nuestros casos. 

Requisitos para la Ley de la Segunda Oportunidad

La Ley de la Segunda Oportunidad es un privilegio al que no todos pueden acceder. Hay que cumplir una serie de requisitos para ser tomado en consideración. A continuación, una lista de los mismos.

Deuda que supere los 15.000 euros

No mentir ni ocultar información relevante

La buena fe es muy valorada llegados a este punto. Si no omitimos información ni datos que puedan influir, demostrarás la buena que prácticas. Esta actitud demuestra que se tiene intención de pagar. En el caso de que se tenga esta predisposición, pero no los recursos para hacerla realidad, se podrá beneficiar de este privilegio.

No haber sido declarado culpable

No ser hallado culpable de actuar de mala fe es uno de los requisitos principales para acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Ser una persona sin antecedentes penales

No tener antecedentes socio económicos, contra el patrimonio o falsedad documental es una condición para que la Ley de la Segunda Oportunidad aplique en tu caso.

Haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial

Llegar a juicio debe ser la última opción que se baraje. Para no tener que llegar a esta instancia, ni plantearse segundas oportunidades, antes hay que agotar todas las opciones. La primera de todas ellas es tratar de llegar a un acuerdo con la persona o entidad a la que se debe el dinero.

Ley de la Segunda Oportunidad: Asumir que puedan quitarte tus bienes

Es ineludible el hecho de que puedan quitarte tus bienes para hacer frente al pago pendiente. En el caso concreto de que tuvieras un inmueble con hipoteca, el saldo que se tome de la enajenación irá para la empresa prestamista.

En caso de que no se pudiera cancelar la hipoteca, la parte que no haya cubierto pasará a ser parte de la liquidación. O sea, se sumará a la deuda y también será catalogado como objeto de exoneración

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