En muchas ocasiones, las vacaciones de los hijos de padres separados o divorciados son un foco de conflictos entre los mismos. 

Es muy importante y necesario que el Convenio Regulador, independientemente del régimen de guarda y custodia que tengan establecida (compartida o monoparental) establezca de forma detallada los periodos y condiciones en las que los menores disfrutaran sus vacaciones durante el periodo no lectivo, esto es:

  • se establezca el inicio y final de las vacaciones de los menores, que normalmente coincidirá con el inicio y final de las vacaciones escolares;
  • si asistirán a colonias de verano, en qué periodo, y a cargo de quien serán; o, si podrán estar a cargo de un familiar, si el progenitor trabaja, y en qué domicilio;
  • durante qué periodos se efectuará el reparto de los menores con los progenitores;
  • en caso de que el Convenio no contemple la negativa a salir al extranjero, o no esté prohibido por Sentencia, obligación del progenitor de entregar el pasaporte del menor al progenitor que no lo tenga y quiera salir del espacio Shengen, etc.…
  • si el menor no tiene pasaporte, ambos progenitores estarán obligados a acudir a comisaria y prestar su consentimiento para su expedición; (ver nuestro nuestro blog anterior “Como obtener el pasaporte de un hijo menor si los padres están separados o divorciados”
  • estipular claramente el derecho de comunicación con el menor del progenitor que no lo tenga durante el periodo vacacional y forma de ejercerlo;
  • etc…

Por último, hay que recordar que la obligación de abonar la pensión de alimentos, si esta está establecida en Convenio, no cesa durante los meses de verano.

En caso de duda consulte a un abogado. Porcel Advocats puede ayudarle.